Mostrando entradas con la etiqueta Solidaridad. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Solidaridad. Mostrar todas las entradas

La mujer en los países más pobres


El 70% de las personas que viven en la extrema pobreza son mujeres que carecen, en muchos casos, de acceso a los servicios sanitarios básicos

La pobreza, igual que el sida, tiene rostro de mujer. Son ellas las que más desigualdades padecen en el mundo y quienes más sufren la falta de la formación e información necesaria para reclamar sus derechos. África, Asia y América Latina son las zonas en las que se dan las peores condiciones: carecen de atención sanitaria, están obligadas a someterse a matrimonios forzados, mutilación genital, analfabetismo... Parece difícil conseguir acabar con esta situación sin el esfuerzo de todas las sociedades, principalmente las del Primer Mundo. Los denominados 'programas de microcrédito', pequeños préstamos de apenas 20 euros que se emplean para el autoempleo de las mujeres, están resultando una buena vía de solución, pero no puede ser la única.


Factores de discriminación


Las mujeres representan el 70% de los 1.200 millones de personas que viven en el mundo en situación de extrema pobreza. Así lo reconoce el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), que destaca, además, otras importante desigualdades respecto a los hombres. Por ejemplo, de los 550 millones de trabajadores pobres que hay en el mundo, se estima que 330 millones (60%) son mujeres, la brecha de salario en algunos países se sitúa entre el 30% y el 40%, más de la mitad de la mano de obra agrícola es femenina y por cada 100 niños que hay sin escolarizar, 117 niñas tampoco lo están. Los peores índices tienen tres puntos claros de origen: América Latina, Asia y África Subsahariana, señalada en todos los estudios como la zona amplia más desfavorecida.
Cristina de Benito, miembro del departamento de Proyectos en África de la ONG Manos Unidas e integrante del grupo de Género y Desarrollo de la Coordinadora de ONGD de España (CONGDE), subraya también otros factores de riesgo. En este sentido, apunta al matrimonio forzado como causa de "grandes daños psicológicos que son difíciles de superar y que llegan a provocar, incluso, suicidios o depresiones severas". Remarca las consecuencias negativas que puede tener la supeditación al marido y lamenta cómo las mujeres que viven en los países en vías de desarrollo "sufren, en líneas generales, a lo largo de toda su vida", una situación de dependencia familiar, unida a una "escasísima" participación en los puestos de decisión, tanto gubernamentales como de la vida laboral. "Por todo ello es importantísimo que la mujer deje de ser invisible para las estadísticas y los organismos oficiales, y que se realicen censos fiables, señalando las verdaderas cabezas de familia", añade.


"Si hay que elegir qué miembro de la familia debe ir a la escuela, el niño siempre tiene preferencia sobre la niña"


En cuanto al acceso a la educación, un indicador más de las desventajas que padecen las mujeres, Martine Castaing, desde Medicusmundi reconoce que las niñas son las primeras en abandonar la escuela. "Si hay que elegir qué miembro de la familia va a ir a la escuela, el niño siempre tiene preferencia sobre la niña", afirma. "Lo mismo sucede con la alimentación: si no hay suficiente comida, siempre se da más de comer a los niños que a las niñas", agrega. Por este motivo, cuando las mujeres se quedan embarazadas, suelen ser frecuentes los casos de anemia o malnutrición. "Es una cadena", concluye Castaing.
Leer más...

El derecho a la alimentación


El derecho a la alimentación es un derecho humano inherente a toda mujer, hombre, niña o niño, independientemente de dónde vivan en el planeta.

La elección del Derecho a la alimentación como lema para el Día Mundial de la Alimentación y de TeleFood en 2007 demuestra el creciente reconocimiento de la comunidad internacional a la importante función que los derechos humanos desempeñan en la erradicación del hambre y la pobreza así como en la aceleración e intensificación del proceso de desarrollo sostenible.

Antecedentes

La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 fue la primera en reconocer el derecho a la alimentación como un derecho humano. Este se incorporó posteriormente al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Artículo 11), adoptado en 1966 y ratificado por 156 Estados, que están vinculados jurídicamente por sus disposiciones en la actualidad. La interpretación técnica y la definición más precisa de este derecho figuran en la Observación General 12 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1999). En 2004 el Consejo de la FAO aprobó las Directrices Voluntarias en apoyo de la Realización Progresiva del Derecho a una Alimentación Adecuada en el Contexto de la Seguridad Alimentaria Nacional – Directrices sobre el derecho a la alimentación –, que formulan recomendaciones prácticas sobre medidas concretas para aplicar el derecho a la alimentación.

El derecho a la alimentación es un derecho universal. Implica que toda persona – mujer, hombre o niño – debe tener acceso a alimentos en todo momento, o medios para procurárselos, que sean suficientes en términos de calidad, cantidad y variedad para satisfacer sus necesidades, que estén libres de sustancias nocivas y sean aceptables para su cultura. De conformidad con la Observación General 12, las personas sólo tendrán derecho a recibir alimentos directamente del estado cuando no sean capaces de satisfacer sus necesidades alimentarias por sus propios medios por motivos ajenos a su control, tales como edad, discapacidad, recesión económica, hambruna, catástrofe o discriminación.

Esta definición parte de la base de que el hambre y la malnutrición se deben no solo a la falta de disponibilidad de alimentos, sino también a la pobreza, las diferencias de rédito y la falta de acceso a la atención sanitaria, educación, agua limpia y condiciones de vida saludables. También se reconoce el principio de que todos los derechos humanos están interrelacionados y son interdependientes. Ello implica que el derecho a la alimentación no se puede aplicar al margen de otros derechos humanos, como el derecho a la educación, al trabajo, a la salud o a la libertad de reunión o asociación.

El derecho a la alimentación está cada vez más incorporado en las constituciones y legislaciones nacionales, y existen varios casos llevados ante tribunales de todo el mundo en los que este derecho, o algunos de sus aspectos, han sido confirmados y se han hecho cumplir. No obstante, y a pesar de los progresos realizados en estos ámbitos, 59 años después de la Declaración Universal de Derechos Humanos el derecho a la alimentación todavía no es una realidad para 854 millones de seres humanos.

Derechos humanos y desarrollo

Cada vez más se reconoce que los derechos humanos y el desarrollo sostenible se refuerzan mutuamente. Los derechos humanos se basan en el valor intrínseco de todo ser humano. El cumplimiento de los derechos humanos para todos es un objetivo absoluto en sí mismo. El desarrollo no es un fin en sí mismo –aunque también persigue la extensión de los derechos y libertades. Los derechos humanos pueden ayudar a promover el crecimiento y garantizar la sostenibilidad a largo plazo del desarrollo. Las personas que gozan plenamente del derecho a la alimentación son más productivas e invierten más en estrategias a largo plazo relacionadas con sus medios de vida. Los derechos humanos añaden una dimensión cualitativa a las estrategias de desarrollo y dotan a los más pobres de los medios necesarios para participar activamente en la sociedad, movilizarse en pos del resarcimiento por las violaciones de sus derechos y responsabilizar a los gobiernos de la utilización de los recursos públicos disponibles.

El derecho a la alimentación y la seguridad alimentaria

El enfoque del derecho a la alimentación complementa los elementos de la seguridad alimentaria relativos a la disponibilidad, acceso, estabilidad y utilización teniendo en cuenta la dignidad humana y la aceptabilidad cultural, así como el fortalecimiento a través de la participación, la no discriminación, la transparencia y la responsabilización. Así se permite que las personas, en particular las hambrientas y marginadas, busquen activamente los medios para hacer realidad su propio derecho a la alimentación y exijan responsabilidades a los gobiernos por los compromisos que hayan adoptado en materia de seguridad alimentaria. De esta manera, los ciudadanos se convierten en sujeto de derecho en vez de ser objeto de asistencia.

El derecho a la alimentación: hacerlo realidad

Los estados tienen la obligación primordial de implementar el derecho a la alimentación. Deben adoptar medidas, utilizando al máximo sus recursos disponibles, para realizar progresivamente el pleno disfrute del derecho de toda persona a una alimentación adecuada, sin discriminación de ningún tipo. Los estados tienen una triple obligación: deben respetar el acceso existente a los alimentos por parte de su población y abstenerse de adoptar medidas que impidan dicho acceso. Deben proteger el derecho a la alimentación frente a infracciones de terceros con medidas que garanticen que las empresas o las personas no priven a los demás del acceso a una alimentación adecuada. Asimismo, los estados deben hacer efectivo el derecho a la alimentación facilitando a las personas el acceso a alimentos por sus propios medios y sustentando a las que no puedan alimentarse por sí mismas.

Por ejemplo, los estados deberían seguir un “doble enfoque”, que por un lado persiga reforzar la productividad y los medios de vida, y por otro establezca redes de seguridad social para quienes no puedan sustentarse por sí mismos. Este enfoque debería complementarse con medidas destinadas a fortalecer la capacidad de las personas para participar en los procesos y desarrollo y la adopción de decisiones mediante una educación adecuada, capacitación, el fomento de la tolerancia y el establecimiento y consolidación de estructuras institucionales.

Mientras que los estados tienen la obligación legal de hacer efectivos los derechos humanos, todos los miembros de la sociedad – personas físicas, ONG y sector privado – tienen obligaciones respecto al derecho a la alimentación, cuando sus acciones puedan tener un impacto en el libre ejercicio del derecho a la alimentación de otras personas. En particular, las organizaciones de la sociedad civil y las ONG son factores importantes para la ejecución de políticas y programas públicos, ya que ayudan a la población a realizar su derecho a la alimentación por medio, entre otras cosas, de la difusión de información, el asesoramiento jurídico y la capacitación.

La Cumbre Mundial sobre la Alimentación de 1996 dio lugar al compromiso mundial de reducir el número de personas hambrientas y malnutridas a la mitad para el año 2015. La Declaración del Milenio establece asimismo un programa de reducción del hambre basado en los derechos humanos. Actualmente, numerosas organizaciones internacionales y organismos que trabajan para el desarrollo, encabezados por la FAO y otros organismos de las Naciones Unidas, evalúan el impacto de sus actividades en los derechos humanos, promueven políticas y proyectos que inciden positivamente en la realización del derecho a la alimentación y evitan los que podrían afectarle negativamente. Asimismo, apoyan activamente la realización del derecho a la alimentación a nivel nacional. Las Directrices sobre el derecho a la alimentación proporcionan los principios acordados y la orientación práctica necesarios para que los Estados adopten medidas concretas para realizar el derecho a la alimentación. Demuestran cómo los distintos organismos que se ocupan de la seguridad alimentaria pueden trabajar de forma coordinada con la participación plena de todos los interesados.

Garantizar que toda niña, niño, mujer y hombre disfruten de una alimentación adecuada con carácter permanente no sólo es un imperativo moral y una inversión que produce elevados beneficios económicos: es la realización de un derecho humano fundamental.



Leer más...

La OMS y los objetivos de desarrollo del milenio


En septiembre de 2000, en la mayor reunión de Jefes de Estado de la historia, la adopción de la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas marcó el comienzo del nuevo milenio. Suscrita por 189 países, dio lugar a una hoja de ruta en la que se establecen objetivos por alcanzar para 2015.

Los ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio se basan en acuerdos concertados en conferencias de las Naciones Unidas celebradas en el decenio de 1990 y representan compromisos para reducir la pobreza y el hambre y ocuparse de la mala salud, la inequidad entre los sexos, la enseñanza, la falta de acceso al agua limpia y la degradación del medio ambiente.

Los Objetivos de Desarrollo del Milenio están formulados como un pacto en el que se reconoce la contribución que pueden hacer los países desarrollados a través del comercio, la asistencia para el desarrollo, el alivio de la carga de la deuda, el acceso a los medicamentos esenciales y la transferencia de tecnología.

La salud y los Objetivos de Desarrollo del Milenio

"El mejoramiento de la salud es esencial para que se adelante hacia el logro de los demás Objetivos de Desarrollo del Milenio." — Dr. LEE Jong-wook— Director General de la OMS

Tres de los ocho objetivos, ocho de las 16 metas y 18 de los 48 indicadores se relacionan directamente con la salud. La salud también contribuye de manera considerable a varios otros objetivos. La importancia de los Objetivos de Desarrollo del Milenio radica en la relación existente entre ellos, puesto que se refuerzan recíprocamente en un marco encaminado a mejorar el desarrollo humano en general.

Los Objetivos de Desarrollo del Milenio presentan una visión del desarrollo centrada en la salud y la educación. Desde su adopción, nadie ha podido decir que el desarrollo se refiera solamente al crecimiento económico.

Los Objetivos de Desarrollo del Milenio no dicen todo lo que es necesario decir acerca de la salud y el desarrollo. No dicen nada acerca de la importancia esencial de que haya sistemas de salud eficaces para alcanzar todos los objetivos de salud, como tampoco acerca de la salud reproductiva ni de las enfermedades no transmisibles.

Por consiguiente, tenemos que entender los Objetivos de Desarrollo del Milenio como una expresión abreviada de algunos de los resultados más importantes que debe obtener el desarrollo, a saber:

  • Reducción de la mortalidad materna asociada al parto;
  • Aumento de la supervivencia infantil durante los primeros años de vida;
  • Lucha contra la catástrofe que conlleva el VIH/SIDA;
  • Garantía de acceso a los medicamentos que salvan vidas;
  • Mejoramiento de la salud en todas sus formas, contribución ésta muy importante para la reducción de la pobreza.
Leer más...

31 de Agosto: Día Internacional de la Solidaridad

En la Declaración del 31 de agosto como Día Internacional de la Solidaridad la ONU recuerda que la solidaridad no sólo es un requisito de carácter moral, sino también una condición previa para la eficacia de las políticas de los países y los pueblos. Es una de las garantías de la paz mundial.
Vivimos un período de grandes diferencias entre los ricos y los pobres. El verdadero progreso no se logrará sin la cooperación entre todas las naciones y los pueblos para acabar con la pobreza y sin la solidaridad con los desposeídos. Debemos asumir la responsabilidad ante los que no pueden obtener los recursos suficientes para el desarrollo, cuyos derechos humanos y dignidad no se respetan. Todos ellos son nuestra preocupación común.
Por consiguiente, debemos aspirar a que el siglo XXI sea la era de las naciones, los pueblos y los individuos consagrados a la solidaridad.

Un camino en solitario lleva inexorablemente al aislamiento. Las estructuras supranacionales, fundadas precisamente en el principio de la solidaridad con el debido respeto a las particularidades locales y la diversidad cultural, ofrecen la posibilidad de un desarrollo pleno y estable.
La proclamación del 31 de agosto como Día Internacional de la Solidaridad, para coincidir con el aniversario del inicio del movimiento “Solidaridad” fundado hace 20 años, cuya importancia mundial fue reconocida, en particular con la concesión del Premio Nobel de la Paz a su legendario dirigente Lech Walesa, y que contribuyó a atraer la atención de los pueblos de todos los continentes hacia la importancia creciente de la solidaridad como valor fundamental de las relaciones entre los individuos, los pueblos y las naciones.
La proclamación de ese día contribuirá a la aplicación de la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas.
Leer más...

Día Mundial de la Salud Mental

10 de octubre - El Día Mundial de la Salud Mental permite sensibilizar al público acerca de los problemas de salud mental. El Día Mundial de la Salud Mental de este año se centrará en el suicidio como causa destacada de muchas muertes prematuras y prevenibles. El tema es "Sensibilizar y reducir los riesgos: la enfermedad mental y el suicidio", ya que el suicidio es a menudo el resultado de no haber diagnosticado y tratado una enfermedad mental grave.

news_img_1401_0El Día es una iniciativa de la Federación Mundial de Salud Mental, y este año está respaldado conjuntamente por la Asociación Internacional para la Prevención del Suicidio en colaboración con otras ONG, con el copatrocinio de la OMS.

ENLACES RELACIONADOS
- Federación Mundial de Salud Mental
- Asociación Internacional para la Prevención del Suicidio
Leer más...

Día Internacional de los voluntarios para el desarrollo económico y social

En 1985, la Asamblea General de las Naciones Unidas invitó a los gobiernos a celebrar todos los 5 de diciembre como el Día Internacional de los Voluntarios para el MANOSDesarrollo Económico y Social para alentar quince años después de la creación del Programa de Voluntarios de las Naciones Unidas, los servicios de voluntarios.
Los exhortó también a tomar medidas para que se cobre mayor conciencia de la importante contribución que aportan los voluntarios, lo cual estimulará a las personas de toda condición a ofrecer sus servicios como voluntarios, tanto en sus países de origen como en el extranjero (Resolución 40/2112, de 17 de diciembre de 1985).

FUENTE: www.cegae.unne.edu.ar

Leer más...
Post antiguo Home